El Ingeniero Agrónomo deberá estar matriculado en el Colegio de Ingenieros Agrónomos de Santa Fe (CIASFE), haber realizado una Jornada de Formación o Actualización Técnica (válida por 2 años) e inscribirse en la Dirección General de Sanidad Vegetal del Ministerio de Desarrollo Productivo de Santa Fe (habilitación anual).
Tanto la receta de venta como la de aplicación presenta formato papel por triplicado. En el caso de receta de venta, el original para profesional autorizante, duplicado para el adquiriente y el triplicado expendedor. Para la receta de aplicación presenta una copia para el productor, otra para el aplicador y el triplicado para el ingeniero agrónomo. Los talonarios rubricados y numerados se pueden adquirir en las circunscripciones del CIASFE.
Las recetas se deben completar con la siguiente información: sitio/lugar, fecha, serie/numeración, principios activos, concentraciones, cantidad, uso declarado, restricciones de uso, datos del cultivo y del equipo de aplicación y datos del profesional. Los profesionales que extiendan autorizaciones de aplicación deberán exigir la exhibición de la autorización de venta y registrar su número.